IVA del 21% para pisos turísticos: qué incluye el decreto de vivienda anunciado para julio de 2026
Publicado el 12 de julio de 2026 · Vivienda Turística
El Gobierno ha anunciado que aprobará durante el mes de julio de 2026 un real decreto-ley de vivienda que la propia portavoz del Ejecutivo describió como un texto amplio y transversal. Para quienes gestionan viviendas de uso turístico, la medida estrella es clara: la subida del IVA de los pisos turísticos del 10% actual al 21%.
Las medidas anunciadas, en dos bloques
Según lo avanzado tras el Consejo de Ministros de finales de junio, el paquete se estructura en dos grandes bloques. El primero busca bajar precios, dar estabilidad a los contratos y combatir el fraude en el alquiler; el segundo, movilizar vivienda asequible. Entre las medidas concretas que se han adelantado están:
- IVA al 21% para pisos turísticos (hoy tributan al 10%), con el objetivo declarado de desincentivar el uso turístico de vivienda residencial.
- Regulación del alquiler de temporada y por habitaciones, dos modalidades que hasta ahora se movían en un notable vacío legal y que en ocasiones se usaban para esquivar los límites de la Ley de Vivienda.
- Contratos de alquiler por escrito obligatorios, para reducir el fraude.
- Prórroga extraordinaria de los contratos de alquiler, una medida que ya se intentó en marzo y que decayó en el Congreso.
- Bonificaciones en el IRPF para los propietarios que bajen el precio del alquiler.
¿Está aprobado ya? No: el precedente que conviene recordar
Es la pregunta clave, y la respuesta hoy es que no. El Ejecutivo está negociando el texto con los grupos parlamentarios para que el decreto salga adelante en el Congreso, y el precedente reciente invita a la prudencia: la anterior prórroga extraordinaria de alquileres, aprobada en marzo, fue rechazada en su convalidación parlamentaria y decayó. Un anuncio de Consejo de Ministros no es una norma en vigor.
Qué significa para el propietario de una vivienda turística
Si el IVA pasa del 10% al 21%, el margen de la actividad turística se estrecha y algunas explotaciones que hoy son rentables dejarán de serlo, especialmente donde la ocupación es estacional. Ahora bien, nuestra recomendación es la misma que dan los profesionales del sector: no ajustes precios ni tomes decisiones de cartera sobre una norma que aún no existe. Lo prudente es hablar con tu asesor fiscal, revisar tus números por propiedad para conocer tu margen real, y seguir la publicación del BOE. Si el decreto se aprueba, habrá que mirar la letra pequeña: fechas de entrada en vigor, a qué modalidades de explotación afecta exactamente y cómo interactúa con la normativa autonómica que ya cumples (en la Comunitat Valenciana, el Decreto 10/2021 y el Decreto-ley 9/2024).
Preguntas frecuentes
¿Cuándo entraría en vigor la subida del IVA al 21%?
No hay fecha. El Gobierno ha anunciado que quiere aprobar el decreto durante julio de 2026, pero después necesita convalidación en el Congreso. Hasta su publicación en el BOE no hay obligación nueva alguna.
¿Afecta esto a mi licencia o registro turístico?
No. Las medidas anunciadas son fiscales y de regulación del alquiler; no modifican los registros autonómicos ni el Número de Registro Único de Arrendamientos. Tus obligaciones actuales (registro autonómico, SES.Hospedajes, seguro de responsabilidad civil) siguen igual.
¿Debería pasarme al alquiler de temporada?
Cuidado: el mismo decreto anuncia precisamente la regulación del alquiler de temporada y por habitaciones para cerrar esa vía de escape. Tomar hoy una decisión estructural basada en un texto que no está aprobado es arriesgado. Consulta con tu asesor antes de mover ficha.
¿Dónde puedo seguir la tramitación?
En las referencias del Consejo de Ministros (lamoncloa.gob.es), en el BOE cuando se publique el texto, y en este blog, donde informaremos de cada paso relevante.